A la hora de alquilar un local y realizar el pago al Arrendador debes tener en cuenta la retención de IRPF en los alquileres de locales.
Muchos clientes, nos ha pedido que se lo expliquemos, y les resulta un poco difícil de entender, espero que en este blog podamos resolver vuestras dudas.
Te lo vamos a explicar con un ejemplo:
Coges un local y te llega la primera factura que tienes que abonar, y el importe a pagar al arrendado es 1.020€, no pienses que el coste es éste.
En primer lugar, la base imponible del Local es de 1000€, además tenemos que añadir el 21% de IVA, estés en una actividad sujeta o no sujeta a IVA, el alquiler lleva IVA, con lo que tu coste impuestos incluidos es de 1.210,00€
Y los 190€ de diferencia que pagas de menos al arrendador lo pagas trimestralmente a hacienda en el Modelo 115, y tienes que hacer un resumen anual que se realiza a través del Modelo 180.
No creas que te han engañado porque has pagado 1.020€ y ahora te toca pagar 190€ a Hacienda. El pagador, en este caso tú, tiene la obligación de practicar la retención en el alquiler y pagarla a Hacienda.
Cabe la posibilidad que el arrendador esté exonerado y no le tengas que practicar retención, pero para ello te deberá aportar un certificado de Hacienda que así lo indique, con lo que en este caso le hubieras pagado 1.210€.
En cualquier caso si dudas de los impuestos que presentas, qué son y a qué se refieren puedes consultar nuestro blog: https://ymsconsulting.es/impuestos/
Esperamos que te hayamos aclarado la cuestión.
En caso de tener dudas puedes contactar con nosotras aquí.