¿Qué son los modelos que he presentado?
¿Cuándo tengo que presentarlos?
Modelo 111
Son las retenciones tanto de profesionales como nóminas. Cualquier nómina o profesional que lleve retención tendrás que presentar este modelo.
El plazo de pago del modelo 111 es durante los veinte primeros días posteriores al final de cada trimestre para presentación con pago domiciliado 5 días antes, o sea, el quince.
Modelo 115
Si realizas la activad en un local, las facturas del arrendador llevaran un retención (a no ser que acredite con un certificado de la Agencia Tributaria que no se le debe retener) y es esa misma la que deberás ingresar en este modelo.
El plazo de pago del modelo 115 es durante los veinte primeros días posteriores al final de cada trimestre para presentación con pago domiciliado 5 días antes, o sea, el quince.
Modelo 123
El modelo 123 es la declaración por la que se liquidan retenciones de ingresos a cuenta del IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no residentes (IRNR) de determinados rendimientos del capital mobiliario y determinadas rentas. Por ejemplo los intereses de préstamos socios-sociedades, entre otros.
El plazo de pago del modelo 123 es durante los veinte primeros días posteriores al final de cada trimestre para presentación con pago domiciliado 5 días antes, o sea, el quince.
Modelo 303
En este modelo se declaran tus facturas y las facturas de gasto, la diferencia será la cantidad a pagar.
Es decir, se paga a Hacienda la diferencia entre el IVA en las facturas de ventas y el IVA en las facturas de gastos.
Para que las facturas sean admitidas en Hacienda, deben tener correctamente la fecha, número de factura, datos del proveedor…
Tener en cuenta que el IVA que facturáis a vuestros clientes, no es vuestro, es de hacienda y el que lo paga es el consumidor final : )
El plazo de presentación del modelo 303 es durante los veinte primeros días posteriores al final de cada trimestre, excepto en el cuarto trimestre que son los treinta días posteriores.
Modelo 309
Este modelo sirve para ingresar el IVA de las compras europeas que realizas, cuando por la casuística de tu actividad no presentes IVA o no te lo puedas deducir.
Las presentaciones son no periódicas y las fechas de presentación los días 20 de trimestre vencido los pagos se realizarán siempre con NRC.
Modelo 130
Es el modelo de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que deben presentar todas las personas físicas que desarrollan actividades económicas.
Lo que se declara el pago a cuenta de la declaración de la renta el 20% del rendimiento neto del ejercicio, es decir, la diferencia entre los ingresos y los gastos fiscalmente deducibles de la actividad.
El plazo de presentación del modelo 130 es durante los veinte primeros días posteriores al final de cada trimestre, excepto en el cuarto trimestre que son los treinta días posteriores.
Modelo 390
Este modelo es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA. Es equivalente al modelo 303 pero extendido y se presenta con el cierre contable de cada ejercicio.
Modelo 180
El modelo 180 es un resumen anual con el que recopilamos, a modo informativo, todas las retenciones practicadas por el alquiler de un espacio dedicado a la actividad.
Es el resumen anual del modelo 115 que presentamos trimestralmente.
Este modelo se presenta hasta el 31 de Enero después del ejercicio finalizado.
Modelo 190
Es el resumen anual del modelo 111 que se presenta trimestralmente, es decir, el modelo por el que las empresas, autónomos y demás obligados, liquidan las retenciones derivadas.
Este modelo se presenta hasta el 31 de Enero después del ejercicio finalizado.
Modelo 193
El modelo 193 es un resumen anual en el que se detallan las retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades.
Es el resumen de los modelos 123 presentados durante el ejercicio.
Este modelo puede presentarse durante el mes de Enero.
Modelo 184
Este modelo 184 es informativo y obligado para las entidades en régimen de atribución de rentas (CB o SC con actividades profesional), hayan sido o no constituidas en España, siempre que realicen actividad económica o tengan ingresos superiores a los 3.000 euros al año.
Modelo 347
Este modelo es la declaración de operaciones con terceros, es un modelo informativo.
A través de este modelo se informa a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06€ durante el ejercicio anterior. Es decir se informa de aquellos clientes o proveedores que les hayan comprado o vendido por valor superior al indicado.
Este modelo se presenta entre el 1 y el 28 de Febrero.
Modelo 349
Este modelo es una declaración informativa en el que empresarios individuales y empresas que realicen operaciones intracomunitarias deben detallar dichas operaciones.
Para poder realizar una compra o venta previamente tienes que estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios. Que se solicita a la AEAT mediante Modelo 036.
Es decir, aquellas compraventas de bienes realizadas en otro estado miembro de la Unión Europea.
Este modelo deberá presentarse durante los 30 primeros días naturales de Enero.