Tabla de contenidos
👉🏻 Cuándo un autónomo societario puede tener nómina
Cuando existe realmente una relación laboral, y no se tenga el control efectivo de la sociedad.
La relación laboral requiere, según art. 1.1 del Estatuto de los Trabajadores, que exista:
- Dependencia: estar bajo la organización y dirección de otro
- Ajenidad: trabajar para otro que asume el riesgo económico
Si los socios controlan la sociedad:
- NO existe dependencia
- NO existe ajenidad
- NO existe subordinación
👉🏻 La Seguridad Social es muy estricta
Si el socio controla la empresa → siempre RETA.
Da igual si:
- Pone normas
- No tiene jefe
- Organiza su horario
- Toma decisiones de gestión
👉🏻 Esto refuerza que es AUTÓNOMO y NO empleado
Seguridad Social lo llama:
«Autónomo con control efectivo de la sociedad»
(art. 305.2.b LGSS y criterios TGSS)
Y el control puede ser:
- Individual (más del 50%)
- Conjunto (50% + 50%)
- O «de hecho» (por funciones de gerencia y dirección)
👉🏻 Encuadramiento socios en la Seguridad Social
Cuadro resumen de umbrales de participación:
📌 «General asimilado» es un régimen donde cotizas en el Régimen General pero no cotizas por desempleo ni FOGASA — se parece al régimen general, pero sin esas coberturas.