La declaración de la renta está aquí y te damos información sobre Declaración de la Renta y Criptomonedas
¿Tenemos que declarar las ganancias obtenidas con nuestras criptomonedas? ¿Cómo y por qué tenemos que declararlas? si te han surgido estas dudas te vamos a intentar ayudar a resolverlas es este blog,
Las criptomonedas están cada vez más perseguidas por hacienda, y aunque hoy por hoy no tienen mucho control sobre los ingresos que se obtienen a corto plazo prueba de ello es que en breve (en el plazo de dos o tres años, según nos han indicado) implantan dos nuevos impuestos:
Los Modelos 172 y 173. Los deberán presentar todas aquellas empresas residentes fiscales en España que participan del mundo de las criptodivisas: creadores de monedas, agencias de cambio, monederos virtuales, quienes presten servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros.
¿Qué significa? se va cerrando el círculo y con ello el control sobre estos activos digitales.
¿Qué tienes que declarar?
- En primer lugar, el beneficio o la pérdida, obtenido en la Criptomoneda, Cúando? Cuando la transformas en Euros (Moneda de curso legal). Esto es cuando cambias el activo en moneda.
- En segundo lugar, cambias de activo digital si tienes por ejemplo Bitcoins y lo transformas en Etherum, tendrás que declarar el beneficio obtenido en la primera criptomoneda, y así sucesivamente, es considerado permuta, pero esto supone un cambio en tu inversión y ese cambio debe ser declarado.
- En tercer lugar, si no te devuelven o quiebra la plataforma de compra venta de monedas virtuales.
¿Cómo los tienes que declarar?
En primer lugar la Agencia Tributaria nos va a dar el siguiente aviso en los datos fiscales: “La Agencia Tributaria viene recibiendo información sobre operaciones realizadas con monedas virtuales. Si usted hubiera realizado operaciones de venta de monedas virtuales, recuerde que debe declarar la ganancia o pérdida patrimonial en el apartado “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales” (casilla 1624 y siguientes) de la declaración del impuesto.”
La casilla 1624 la encontrarás en la página 15, una vez dentro buscas Elementos no afectos a actividades económicas y en Monedas Virtuales.
¿Qué ocurre si has invertido varias veces a diferentes precios de compra?
Se realiza el cálculo por el método FIFO (Fisrt in First out), lo primero que has comprado será lo primero que transformas en dinero o permuta en otra moneda virtual.
Te aconsejamos que lo declares, puedes encontrar toda la información de hacienda Aquí
Si no te atreves ponte en contacto con nosotras YMS